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Test 6 Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo (Colección 2023)

Test 6 Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo (Colección 2023)

La máxima puntuación de este test son 8 puntos

Por cada pregunta fallada se le va restando 0.25 puntos a la nota final

Cada pregunta acertada equivale a 1 punto

Cada pregunta no contestada equivale a 0 puntos



1 - De acuerdo con el artículo 6 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, ¿qué se considera discriminación directa por razón de sexo?
a) La situación en que una disposición aparentemente neutra pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otro.
b) La situación en que un criterio aparentemente neutro pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otro.
c) La situación en que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra en situación comparable.
d) La situación en que una práctica aparentemente neutra pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otro.



2 - Según la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, se entiende por discriminación indirecta por razón de sexo:
a) La situación en que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra en situación equiparable.
b) Aquella situación que garantice la presencia de mujeres y hombres, de forma que, en el conjunto de personas a que se refiera cada sexo ni supere el sesenta por ciento ni sea menos del cuarenta por ciento.
c) La situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a las personas del otro, salvo que dicha disposición, criterio o práctica pueda justificarse objetivamente en atención a una finalidad legítima y que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios y adecuados.
d) La situación de discriminación múltiple en que una mujer padece formas agravadas y específicas de discriminación por razón de clase, etnia, religión, orientación o identidad sexual, o discapacidad.



3 - Según la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, las obligaciones establecidas en esta Ley serán de aplicación a:
a) Toda persona física o jurídica, que se encuentre o actúe en territorio español, con nacionalidad, domicilio o residencia española.
b) Toda persona física o jurídica, que se encuentre o actúe en territorio español, cualquiera que fuese su nacionalidad, domicilio o residencia.
c) Toda persona física o jurídica, cualquiera que fuese su nacionalidad, domicilio o residencia, aunque no se encuentre o actúe en territorio español.
d) Toda persona física, que se encuentre o actúe en territorio español, cualquiera que fuese su nacionalidad, domicilio o residencia.



4 - Según el artículo 10 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, los actos y las cláusulas de los negocios jurídicos que constituyan o causen discriminación por razón de sexo se considerarán:
a) Anulables.
b) Irregulares.
c) Revisables.
d) Nulos y sin efecto.



5 - Según dispone el artículo 10 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, los actos y las cláusulas de los negocios jurídicos que constituyan o causen discriminación por razón de sexo:
a) Son anulables.
b) Son nulos y sin efecto.
c) Darán lugar a indemnización inversamente proporcional al daño sufrido.
d) Todas son correctas.



6 - La Ley Orgánica 3/2007 dispone que cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo es:
a) Discriminación directa.
b) Discriminación indirecta.
c) Acoso sexual.
d) Acoso por razón de sexo.



7 - El artículo 44 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, indica en el apartado 1 que, Los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral se reconocerán a los trabajadores y las trabajadoras en forma que fomenten la asunción equilibrada de las responsabilidades familiares, evitando toda discriminación basada en su ejercicio:
a) Falso.
b) La conciliación de la vida personal, familiar y laboral, no tiene ningún tipo de relación con la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
c) Verdadero.
d) La conciliación de la vida personal, familiar y laboral, debe ser un derecho solamente para las mujeres trabajadoras.



8 - Según la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, las obligaciones establecidas en esta Ley serán de aplicación a:
a) Toda persona física o jurídica, que se encuentre o actúe en territorio español, con nacionalidad, domicilio o residencia española.
b) Toda persona física o jurídica, que se encuentre o actúe en territorio español, cualquiera que fuese su nacionalidad, domicilio o residencia.
c) Toda persona física o jurídica, cualquiera que fuese su nacionalidad, domicilio o residencia, aunque no se encuentre o actúe en territorio español.
d) Toda persona física, que se encuentre o actúe en territorio español, cualquiera que fuese su nacionalidad, domicilio o residencia.





Preguntas acertadas:

Preguntas falladas:

Preguntas no contestadas:

NOTA:

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