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1 - El artículo 22.2 letra a), párrafo primero, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones reconoce que pueden concederse de forma directa las siguientes subvenciones:
a) Las previstas nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, en los términos recogidos en los convenios y en la normativa reguladora de estas subvenciones.
b) Con carácter general, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas, aunque no haya dificultad en su convocatoria pública.
c) Las previstas nominativamente únicamente en los Presupuestos Generales del Estado.
d) Las previstas nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, en los términos recogidos en los convenios y en la normativa reguladora de estas subvenciones, únicamente cuando así lo haya dispuesto el Interventor General.



2 - El artículo 65 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, relativo a las especialidades en el inicio de oficio de los procedimientos de responsabilidad patrimonial, en el apartado 1 establece:
a) Cuando las Administraciones Públicas decidan iniciar de oficio un procedimiento de responsabilidad patrimonial será necesario que no hayan transcurridos 6 meses desde la comisión de la presunta lesión indemnizable.
b) Cuando las Administraciones Públicas decidan iniciar de oficio un procedimiento de responsabilidad patrimonial será necesario que no haya prescrito el derecho a la reclamación del interesado al que se refiere el artículo 67.
c) Cuando las Administraciones Públicas decidan iniciar de oficio un procedimiento de responsabilidad patrimonial será necesario que no haya prescrito el derecho a la reclamación del interesado al que se refiere el artículo 67, salvo que se solicite indemnización por valor superior a 6.000 euros.
d) Las Administraciones Públicas no pueden iniciar de oficio un procedimiento de responsabilidad patrimonial, tiene que ser a instancia de parte en cualquier caso.



3 - El artículo 91 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el cual trata especialidades de la resolución en los procedimientos en materia de responsabilidad patrimonial, en el apartado 3 indica:
a) Transcurridos tres meses desde que se inició el procedimiento sin que haya recaído y se notifique resolución expresa o, en su caso, se haya formalizado el acuerdo, podrá entenderse que la resolución es contraria a la indemnización del particular.
b) Transcurridos seis meses desde que se inició el procedimiento sin que haya recaído y se notifique resolución expresa o, en su caso, se haya formalizado el acuerdo, podrá entenderse que la resolución es contraria a la indemnización del particular.
c) Transcurrido un año desde que se inició el procedimiento sin que haya recaído y se notifique resolución expresa o, en su caso, se haya formalizado el acuerdo, podrá entenderse que la resolución es contraria a la indemnización del particular.
d) Transcurridos seis meses desde que se inició el procedimiento sin que haya recaído y se notifique resolución expresa o, en su caso, se haya formalizado el acuerdo, podrá entenderse que la resolución es favorable a la indemnización del particular.



4 - Según lo dispuesto en el artículo 16.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, son contratos de suministro:
a) Los que tienen por objeto la adquisición, el arrendamiento financiero, o el arrendamiento, con o sin opción de compra, de productos o bienes inmuebles.
b) Los que tienen por objeto la adquisición, el arrendamiento financiero, o el arrendamiento, con o sin opción de compra, de productos o bienes muebles o inmuebles.
c) Los de fabricación, por los que la cosa o cosas que hayan de ser entregadas por el empresario deban ser elaboradas con arreglo a características generales.
d) Los que tienen por objeto la adquisición, el arrendamiento financiero, o el arrendamiento, con o sin opción de compra, de productos o bienes muebles.



5 - En el procedimiento de contratación menor, regulada en el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en el apartado 1 reconoce como contratos menores:
a) Los contratos de valor estimado inferior a 20.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 229 en relación con las obras, servicios y suministros centralizados en el ámbito estatal.
b) Los contratos de valor estimado inferior a 20.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 10.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 229 en relación con las obras, servicios y suministros centralizados en el ámbito estatal.
c) Los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 229 en relación con las obras, servicios y suministros centralizados en el ámbito estatal.
d) Los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 5.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 229 en relación con las obras, servicios y suministros centralizados en el ámbito estatal.



6 - En el procedimiento de contratación menor, regulada en el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en el apartado 2 se determina:
a) En los contratos menores la tramitación del expediente exigirá la emisión de un informe del órgano de contratación justificando de manera motivada la necesidad del contrato y que no se está alterando su objeto con el fin de evitar la aplicación de los umbrales descritos en el apartado anterior.
b) En los contratos menores la tramitación del expediente exigirá la emisión de un informe del órgano de contratación justificando de manera motivada la necesidad del contrato y que no se está alterando su objeto con el fin de evitar la aplicación de los umbrales descritos en el apartado anterior, excepcionalmente, cuando así lo determine el funcionario que se encuentre tramitando el expediente.
c) En los contratos menores la tramitación del expediente no exigirá la emisión de un informe del órgano de contratación justificando de manera motivada la necesidad del contrato.
d) En los contratos menores no se exigirá la emisión de un informe del órgano de contratación justificando que no se está alterando su objeto con el fin de evitar la aplicación de los umbrales descritos en el apartado anterior.



7 - ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?
a) La vigente Constitución Española de 1978 fue aprobada el 31 de octubre de 1978 por las cámaras legislativas, en sesiones separadas, ratificada en referéndum popular el 6 de diciembre, y publicada en el Boletín Oficial del Estado el 29 de diciembre, día en el que entró en vigor.
b) La vigente Constitución Española de 1978 fue aprobada el 31 de octubre de 1978 por las cámaras legislativas, en sesiones separadas, ratificada en referéndum popular el 6 de diciembre, y publicada en el Boletín Oficial del Estado el 27 de diciembre, día en el que entró en vigor.
c) La vigente Constitución Española de 1978 fue aprobada el 31 de octubre de 1978 por las cámaras legislativas, en sesión conjunta, ratificada en referéndum popular el 6 de diciembre, y publicada en el Boletín Oficial del Estado el 29 de diciembre, día en el que entró en vigor.
d) La vigente Constitución Española de 1978 fue aprobada el 31 de octubre de 1978 por las cámaras legislativas, en sesión conjunta, ratificada en referéndum popular el 6 de diciembre, y publicada en el Boletín Oficial del Estado el 27 de diciembre, día en el que entró en vigor.



8 - Los derechos fundamentales son aquellos que protegen al individuo frente a los demás y frente a los poderes públicos, con el fin de garantizar su plena realización como persona humana. En nuestra Constitución estos derechos aparecen regulados dentro del Capítulo I, Título I. ¿Cuál de los siguientes derechos no tendrían la consideración de derecho fundamental?
a) El derecho a la negociación colectiva regulado en el artículo 37.1.
b) El derecho a la vida y a la integridad física y moral regulado en el artículo 15.
c) El derecho de asociación regulado en el artículo 22.
d) El derecho a la huelga regulado en el artículo 28.2.



9 - La Constitución Española de 1978 regula en su Título VIII la organización territorial del Estado, disponiendo en su artículo 137 que, “El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses”, desarrollando la idea recogida en su artículo 2: “La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.” ¿Con base a ello, y a la doctrina del Tribunal Constitucional, qué forma de organización territorial ha adoptado el Estado Español?
a) Estado unitario descentralizado.
b) Estado Federal.
c) Estado regional.
d) Estado Autonómico.



10 - El sistema de distribución de competencias diseñado por la Constitución Española de 1978 en sus artículos 143 a 158 es, en palabras del Tribunal Constitucional, “muy complejo”. Conforme a ello, ¿qué artículo regula las competencias que no pueden ser asumidas por las Comunidades Autónomas, al considerarse competencias exclusivas del Estado, y por ello reservadas?
a) El artículo 148.1.
b) El artículo 150.
c) El artículo 155.
d) El artículo 149.1.





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Preguntas falladas:

Preguntas no contestadas:

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