Teórico parte 2 Bolsa Auxiliar de Biblioteca Ayuntamiento de Motril (Granada) 2022

1 - ¿Cómo se denomina la Entidad Local determinada por la agrupación de Municipios, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines?
Provincia.
Área metropolitana.
Comarca.
2 - ¿Cómo se crean las Mancomunidades de Municipios?
Por acuerdo de los propios Municipios que se mancomunan.
Por acuerdo de la Comunidad Autónoma respectiva.
Por acuerdo de la Diputación Provincial respectiva.
3 - Los órganos específicos de representación de los funcionarios son:
Los sindicatos y las Comisiones.
Los Delegados de Personal y las Juntas de Personal.
Las Concejalías de Personal y Recursos Humanos.
4 - ¿En qué fecha entró en vigor la Constitución Española de 1978?
29 de diciembre de 1978.
28 de diciembre de 1978.
27 de diciembre de 1978.
5 - La situación en que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra en situación comparable, se considera:
Discriminación indirecta.
Discriminación primaria.
Discriminación directa.
6 - Los elementos del Municipio son:
Territorio, población y financiación.
Población, organización y territorio.
Organización, autonomía y territorio.
7 - Las retribuciones de los funcionarios de carrera se clasifican en:
Sueldo y trienios.
Básicas y complementarias.
Básicas y extraordinarias.
8 - ¿Qué artículos comprende el Título Preliminar del Estatuto de Autonomía de Andalucía?
Del artículo 1 al 11.
Del artículo 1 al 21.
Del artículo 1 al 14.
9 - ¿Qué Ley regula en España la igualdad efectiva de mujeres y hombres?:
Ley Orgánica 8/2009.
Ley Orgánica 3/2007.
Ley Orgánica 11/2020.
10 - ¿Cómo se denomina el Capítulo 2º del Título I de la Constitución Española?
Derechos y libertades.
De los españoles y extranjeros.
De la suspensión de los derechos y libertades.
11 - (Reserva) De las siguientes partes, ¿cuál abre el texto de la Constitución española de 1978?:
El Título preliminar.
El preámbulo.
El Título I.
12 - (Reserva) Los empleados públicos tienen derecho a la formación continua y a la actualización permanente de sus conocimientos y capacidades profesionales, preferentemente:
Dentro del horario laboral.
Fuera del horario laboral.
En un centro de estudios.