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Teórico parte 11 Técnico/a Administración General (Tres plazas) Diputación Provincial de Jaén 15/03/2024

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1 - (Reserva) El procedimiento de recogida de firmas y plazo para el ejercicio de la iniciativa legislativa popular regulada en el artículo 87.3 de la Constitución Española, según el artículo 7 de la Ley Orgánica 3/1984, de 26 de marzo, reguladora de la iniciativa legislativa popular finaliza:
a) El procedimiento de recogida de firmas deberá finalizar con la entrega a la Junta Electoral Central de las firmas recogidas, en el plazo de nueve meses a contar desde la notificación a que se refiere el apartado anterior. Este plazo podrá ser prorrogado por tres meses cuando concurra una causa mayor apreciada por la Mesa del Congreso. Agotado el plazo sin que se haya hecho entrega de las firmas recogidas, caducará la iniciativa.
b) El procedimiento de recogida de firmas deberá finalizar con la entrega a la Junta Electoral Central de las firmas recogidas, en el plazo de seis meses a contar desde la notificación a que se refiere el apartado anterior. Este plazo podrá ser prorrogado por tres meses cuando concurra una causa mayor apreciada por la Mesa del Congreso. Agotado el plazo sin que se haya hecho entrega de las firmas recogidas, caducará la iniciativa.
c) El procedimiento de recogida de firmas deberá finalizar con la entrega a la Junta Electoral Central de las firmas recogidas, en el plazo de seis meses a contar desde la notificación a que se refiere el apartado anterior. Este plazo podrá ser prorrogado por dos meses cuando concurra una causa mayor apreciada por la Mesa del Congreso. Agotado el plazo sin que se haya hecho entrega de las firmas recogidas, caducará la iniciativa.
d) El procedimiento de recogida de firmas deberá finalizar con la entrega a la Junta Electoral Central de las firmas recogidas, en el plazo de nueve meses a contar desde la notificación a que se refiere el apartado anterior. Este plazo podrá ser prorrogado por dos meses cuando concurra una causa mayor apreciada por la Mesa del Congreso. Agotado el plazo sin que se haya hecho entrega de las firmas recogidas, caducará la iniciativa.
2 - (Reserva) Se reconoce el derecho de fundación para fines de interés general, con arreglo a la Ley, según se dispone en el artículo 34.1 de la Constitución española de 1978, ¿Qué otro artículo le es de aplicación, al que remite expresamente el referenciado artículo 34.1?
a) 31.2.
b) 27.2.
c) 25.2.
d) 22.2.
3 - (Reserva) Los Directores Generales, de conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, serán nombrados:
a) Entre funcionarios de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades locales, pertenecientes al Subgrupo A1, salvo que el Real Decreto de estructura permita que, en atención a las características específicas de sus funciones, su titular no reúna dicha condición de funcionario, debiendo motivarse mediante memoria razonada la concurrencia de las especiales características que justifiquen esa circunstancia excepcional.
b) Entre personas con cualificación y experiencia en el desempeño de puestos de responsabilidad en la gestión pública o privada, sin que sea requisito ser funcionario de carrera.
c) Atendiendo a criterios de competencia profesional y experiencia. En todo caso, deberá reunir los requisitos de idoneidad establecidos en la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado.
d) Mediante el procedimiento de libre designación entre funcionarios de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, pertenecientes a Cuerpos o Escalas clasificados como Subgrupo A1.
4 - (Reserva) Con el objeto de evitar duplicidades administrativas, mejorar la transparencia de los servicios públicos y el servicio a la ciudadanía y, en general, contribuir a los procesos de racionalización administrativa, generando un ahorro neto de recursos, la Administración del Estado y las de las Comunidades Autónomas podrán delegar en los Municipios, siguiendo criterios homogéneos, entre otras, las siguientes competencias (señale la incorrecta):
a) Gestión de oficinas unificadas de información y tramitación administrativa.
b) Inscripción de asociaciones, empresas o entidades en los registros administrativos de la Comunidad Autónoma o de la Administración del Estado.
c) Gestión de instalaciones culturales de titularidad de la Comunidad Autónoma o del Estado, con estricta sujeción al alcance y condiciones que derivan del artículo 148.1.28.ª de la Constitución Española.
d) Liquidación y recaudación de tributos propios de la Comunidad Autónoma o del Estado.
5 - (Reserva) Señale la respuesta correcta en relación con los consorcios, según lo previsto en los artículos 118 a 127 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
a) Podrán realizar actividades de fomento, prestacionales, e incluso de gestión común de servicios públicos. También podrán utilizarse para la gestión de los servicios públicos en el marco de los convenios de cooperación transfronteriza en que participen las Administraciones españolas, y de acuerdo con las previsiones de los convenios internacionales ratificados por España en la materia.
b) Uno de los requisitos para su constitución es que el patrimonio del consorcio esté integrado en más de un 50 por ciento por bienes o derechos aportados o cedidos por la Administración General del Estado o cualquiera de los sujetos integrantes del sector público institucional estatal con carácter permanente.
c) Su creación se realizará mediante Ley. El anteproyecto de ley de creación del consorcio que se eleve al Consejo de Ministros deberá ser acompañado de una propuesta de estatutos y de un plan inicial de actuación.
d) El régimen jurídico del personal adscrito al consorcio será el aplicable al personal de la Administración General del Estado, por lo que no se aplicará el régimen de personal de sus Administraciones de procedencia en cuanto no se produzca la disolución del consorcio.


Preguntas acertadas:
Preguntas falladas:
Preguntas no contestadas:
NOTA:

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