Anuncio

Buscador de Temarios de Oposiciones:

Exámenes de la Constitución Española, Auxiliares Administrativos/as y otras materias de oposiciones:


Exámenes de Oficios y Conserje-Ordenanza:

Exámenes de Sanidad Pública:


Exámenes de Policía, Guardia Civil y Bomberos:


Exámenes de Administración de Justicia:


Exámenes de distintas temáticas:

Cuestionario parte 1 Bolsa de Administrativos/as Ayuntamiento de Cullera 2022

Cuestionario parte 1 Bolsa de Administrativos/as Ayuntamiento de Cullera 2022

La máxima puntuación de este test son 10 puntos

Por cada pregunta fallada se le va restando 0.25 puntos a la nota final

Cada pregunta acertada equivale a 1 punto

Cada pregunta no contestada equivale a 0 puntos



1 - Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la competencia:
a) Es irrenunciable y se ejerce por cualquier órgano administrativo de la Administración Territorial Local.
b) Es renunciable y se ejercerá por los órganos que la tengan atribuida como propia de acuerdo con lo previsto en la Constitución Española de 1978, ya que ésta es la Norma superior de nuestro ordenamiento.
c) Es irrenunciable y se ejercerá por los órganos que la tengan como propia, salvo los casos de delegación o avocación, cuando se efectúen en los términos previstos en las leyes.
d) Es renunciable y se ejercerá por los órganos que la tengan como propia, salvo los casos de delegación o avocación, cuando se efectúen en los términos previstos en las leyes.
2 - La Delegación de competencias según dicha Ley 40/2015:
a) Se podrán delegar en cualquier otro órgano de otras Administraciones Públicas, aunque sean distintas, siempre que se acepte la jerarquía de la Administración que ofrece dicha delegación.
b) No se podrá delegar ninguna competencia, ya que se estaría haciendo un fraude de ley.
c) Se podrán delegar a otros órganos de la misma Administración, pero siempre que sean jerárquicamente dependientes de la misma, ya que si no fuera así se produciría fraude de ley.
d) Se podrán delegar a otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes.
3 - La abstención y la recusación según la Ley 40/2015:
a) Es lo mismo y se puede invocar por cualquier ciudadano antes de la decisión final del procedimiento.
b) Es lo mismo pero podrá invocarse por el ciudadano en cualquier momento ya que deben garantizarse al máximo sus derechos, de ahí que no exista plazo para su denuncia.
c) Son idénticas pero se deben abordar antes de la propuesta de resolución del procedimiento administrativo.
d) Todas las anteriores son incorrectas.
4 - La abstención debe producirse cuando:
a) Se produzca una sospecha de amistad con alguna de las personas que intervengan en un procedimiento administrativo.
b) Se produzca una relación de amistad con alguna de las personas que intervengan en un procedimiento administrativo.
c) Haber intervenido como perito y testigo en un procedimiento administrativo similar al que nos afecta.
d) Todas son incorrectas.
5 - La Sede Electrónica:
a) Es una dirección electrónica, disponible para los ciudadanos cuya titularidad han ideado los pequeños Ayuntamientos para facilitar la labor de sus vecinos .
b) Es una dirección electrónica, disponible para los ciudadanos y cuya titularidad corresponde a una Administración Pública u organismos públicos o entidades de Derecho Público en el ejercicio de sus competencias.
c) La Administración Pública en general podrá establecer o no dicha Sede Electrónica según los intereses de sus ciudadanos, ya que no todos pueden acceder a redes de telecomunicaciones.
d) Todas son incorrectas.
6 - Diga cuál de las siguientes respuestas es la verdadera:
a) Se entiende por portal de internet el punto de acceso electrónico cuya titularidad es de una Administración Pública, organismo público o entidad de Derecho Público que permite el acceso a través de internet a la información publicada.
b) Las sedes electrónicas utilizarán cualquier medio de identificación, siempre pensando en favorecer al máximo el acceso a la información. (no correcta según Art. 38.6).
c) El acceso electrónico puede ser de cualquier Administración Pública pero siempre que sean dentro de una Administración Pública Territorial, Central y Local.
d) Todas son incorrectas.
7 - Diga cuál de las siguientes respuestas es la verdadera:
a) Siempre habrá que guardar copia de documentos en papel, ya que los archivos electrónicos hoy por hoy no son fiables y pueden hacerse desaparecer mediante ataques informáticos.
b) Todos los documentos utilizados en las actuaciones administrativas se almacenarán por medios electrónicos, salvo cuando no sea posible.
c) No hace falta guardar documentos en papel ni por medios electrónicos, ya que una vez resuelto un asunto no hace falta conservar o almacenar nada.
d) Todas las anteriores son incorrectas.
8 - La firma electrónica:
a) No hace falta hoy por hoy, ya que pudiendo solventarse los asuntos con firmas tradicionales éstas son más seguras.
b) No es fiable para la Administración Pública, de ahí que no sea prácticamente exigible en ninguna Administración Central, Autonómica y Local.
c) Las Administraciones podrán determinar los trámites e informes que incluyan la misma.
d) Todas las anteriores son incorrectas.
9 - Los actos administrativos:
a) Son adoptados solo por una Administración Local y en defensa de los derechos del ciudadano.
b) Son adoptados indistintamente por escrito o en forma verbal.
c) Se podrán adoptar por la Administración Pública, de oficio o a instancia del interesado.
d) Todas las anteriores son correctas.
10 - Una ampliación de plazos en el procedimiento administrativo de una Administración Pública:
a) No puede producirse nunca, ya que esto iría en contra del principio básico de seguridad jurídica.
b) Debe siempre producirse si así lo entiende necesario el interesado que lo solicita para poder probar lo que pide.
c) Podrá concederse, salvo precepto en contra, siempre que lo pida el interesado.
d) Podrá concederse, salvo precepto en contra, a petición del interesado o de oficio.


Preguntas acertadas:
Preguntas falladas:
Preguntas no contestadas:
NOTA:

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Anuncio