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1 - De acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, la base imponible general será el resultado de sumar los siguientes saldos, señale la respuesta correcta:
a) El saldo resultante de integrar y compensar entre sí, con los límites establecidos reglamentariamente, en cada período impositivo, los rendimientos y las imputaciones de renta a que se refiere el artículo 46 de esta Ley y el saldo positivo resultante de integrar y compensar, exclusivamente entre sí, en cada período impositivo, las ganancias y pérdidas patrimoniales, excluidas las previstas en el artículo siguiente.
b) El saldo resultante de integrar y compensar entre sí, sin limitación alguna en cada período impositivo, los rendimientos y las imputaciones de renta a que se refiere el artículo 46 de esta Ley y el saldo positivo resultante de integrar y compensar, exclusivamente entre sí, en cada período impositivo, las ganancias y pérdidas patrimoniales, sin exclusión alguna.
c) La compensación de rentas a que se refiere el artículo 48 de la Ley deberá efectuarse en la cuantía máxima que permita cada uno de los ejercicios siguientes y sin que pueda practicarse fuera del plazo de diez años mediante la acumulación a pérdidas patrimoniales de ejercicios posteriores.
d) La compensación de rentas a que se refiere el artículo 48 de la Ley deberá efectuarse en la cuantía máxima que permita cada uno de los ejercicios siguientes y sin que pueda practicarse fuera del plazo de cuatro años mediante la acumulación a pérdidas patrimoniales de ejercicios posteriores.
2 - Según la regulación de las bases liquidables general y del ahorro, contenida en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, señale la respuesta incorrecta:
a) La base liquidable del ahorro será el resultado de disminuir la base imponible del ahorro en el remanente, si lo hubiera, de la reducción prevista en el artículo 55, sin que pueda resultar negativa como consecuencia de tal disminución.
b) La base liquidable del ahorro estará constituida por el resultado de practicar en la base imponible general, las reducciones a que se refieren los artículos 51, 53, 54, 55 y disposición adicional undécima de esta Ley, sin que pueda resultar negativa como consecuencia de dichas disminuciones.
c) Si la base liquidable general resultase negativa, su importe podrá ser compensado con los de las bases liquidables generales positivas que se obtengan en los cuatro años siguientes. La compensación deberá efectuarse en la cuantía máxima que permita cada uno de los ejercicios siguientes y sin que pueda practicarse fuera del plazo a que se refiere el párrafo anterior mediante la acumulación a bases liquidables generales negativas de años posteriores.
d) La base liquidable general estará constituida por el resultado de practicar en la base imponible general, exclusivamente y por este orden, las reducciones a que se refieren los artículos 51, 53, 54, 55 y disposición adicional undécima de esta Ley, sin que pueda resultar negativa como consecuencia de dichas disminuciones.
3 - De conformidad con lo establecido en el artículo 54 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, en el que se regulan las reducciones por aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad, señale la respuesta correcta:
a) Las aportaciones al patrimonio protegido de la persona con discapacidad efectuadas por las personas que tengan con el mismo una relación de parentesco en línea directa o colateral hasta el tercer grado inclusive, así como por el cónyuge de la persona con discapacidad o por aquellos que lo tuviesen a su cargo en régimen de tutela o acogimiento, darán derecho a reducir la base imponible del aportante, con el límite máximo de 10.000 euros anuales.
b) Las aportaciones al patrimonio protegido de la persona con discapacidad efectuadas por las personas que tengan con el mismo una relación de parentesco en línea directa o colateral hasta el tercer grado, inclusive, así como por el cónyuge de la persona con discapacidad o por aquellos que lo tuviesen a su cargo en régimen de tutela o acogimiento, darán derecho a reducir la base imponible del aportante, con el límite máximo de 20.000 euros anuales.
c) El conjunto de las reducciones practicadas por todas las personas que efectúen aportaciones a favor de un mismo patrimonio protegido no podrá exceder de 24.750 euros anuales.
d) Las aportaciones que excedan de los límites previstos en el apartado uno del artículo 54 de la Ley darán derecho a reducir la base imponible de los seis períodos impositivos siguientes, hasta agotar, en su caso, en cada uno de ellos los importes máximos de reducción.
4 - Con respecto a la adecuación del impuesto a las circunstancias personales y familiares del contribuyente, ¿de qué importe es el mínimo del contribuyente que reducirá las bases liquidables según el artículo 57 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre? Señale la respuesta correcta:
a) El mínimo del contribuyente será, con carácter general, de 5.550 euros anuales. Cuando el contribuyente tenga una edad superior a 65 años, el mínimo se aumentará en 1.050 euros anuales. Si la edad es superior a 75 años, el mínimo se aumentará adicionalmente en 1.400 euros anuales.
b) El mínimo del contribuyente será, con carácter general, de 5.000 euros anuales. Cuando el contribuyente tenga una edad superior a 65 años, el mínimo se aumentará en 1.150 euros anuales. Si la edad es superior a 75 años, el mínimo se aumentará adicionalmente en 1.400 euros anuales.
c) El mínimo del contribuyente será, con carácter general, de 5.550 euros anuales. Cuando el contribuyente tenga una edad superior a 65 años, el mínimo se aumentará en 1.150 euros anuales. Si la edad es superior a 75 años, el mínimo se aumentará adicionalmente en 1.400 euros anuales.
d) El mínimo del contribuyente será, con carácter general, de 5.550 euros anuales. Cuando el contribuyente tenga una edad superior a 65 años, el mínimo se aumentará en 1.150 euros anuales. Si la edad es superior a 75 años, el mínimo se aumentará adicionalmente en 1.500 euros anuales.
5 - En relación con el mínimo por descendientes, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es incorrecta de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre?
a) Cuando el descendiente sea menor de 3 años, el mínimo se aumentará en 2.800 euros anuales.
b) En los supuestos de adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente, el aumento por ser menor de 3 años se producirá, con independencia de la edad del menor, en el período impositivo en que se inscriba en el Registro Civil y en los dos siguientes.
c) El mínimo por descendientes será, por cada uno de ellos menor de 18 años o con discapacidad cualquiera que sea su edad, siempre que conviva con el contribuyente y no tenga rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 10.000 euros.
d) Se asimilarán a los descendientes aquellas personas vinculadas al contribuyente por razón de tutela y acogimiento, en los términos previstos en la legislación civil aplicable.
6 - ¿Por cuál de los siguientes ascendientes puede aplicarse el contribuyente el mínimo por ascendiente del artículo 59 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre?
a) Padre de 66 años con rentas anuales, excluidas las exentas, de 8.560 euros, que convive con el contribuyente.
b) Madre de 62 años sin rentas, con discapacidad del 65 %, que depende del contribuyente, y se encuentra internada en un centro especializado.
c) Padre de 80 años, sin rentas anuales, que reside con el contribuyente los meses de julio y agosto.
d) Madre de 90 años con rentas anuales, excluidas las exentas, de 10.500 euros, que reside 4 meses cada año con cada uno de sus 3 hijos.
7 - Señale la respuesta correcta sobre las normas que se tendrán en cuenta para la determinación del importe de los mínimos a que se refieren los artículos 57, 58, 59 y 60 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre:
a) Para la aplicación del mínimo por ascendientes, será necesario que éstos convivan con el contribuyente, al menos, la mitad del período impositivo o, en caso de fallecimiento del ascendiente, al menos, nueve meses del período impositivo.
b) No procederá la aplicación del mínimo por descendientes, ascendientes o discapacidad, cuando los ascendientes o descendientes que generen el derecho a los mismos presenten declaración por este Impuesto con rentas inferiores a 1.800 euros.
c) La determinación de las circunstancias personales y familiares que deban tenerse en cuenta a efectos de lo establecido en los artículos 57, 58, 59 y 60 de esta Ley, se realizará atendiendo a la situación existente en el ejercicio anterior a la fecha de devengo del Impuesto.
d) Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación del mínimo por descendientes, ascendientes o discapacidad, respecto de los mismos ascendientes o descendientes, su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales. No obstante, cuando los contribuyentes tengan distinto grado de parentesco con el ascendiente o descendiente, la aplicación del mínimo corresponderá a los de grado más cercano, salvo que éstos no tengan rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros, en cuyo caso corresponderá a los del siguiente grado.
8 - Con respecto a la cuota líquida estatal regulada en el artículo 67 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, señale la respuesta correcta:
a) La cuota líquida estatal del Impuesto será el resultado de disminuir la cuota íntegra estatal en la suma de la deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación prevista en el apartado 1 del artículo 68 de esta Ley y el 50 por ciento del importe total de las deducciones previstas en los apartados 2, 3, 4 y 5 del artículo 68 de esta Ley.
b) La cuota líquida estatal del Impuesto será el resultado de disminuir la cuota íntegra estatal en la suma de la deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación prevista en el apartado 1 del artículo 68 de esta Ley y el 75 por ciento del importe total de las deducciones previstas en los apartados 2, 3, 4 y 5 del artículo 68 de esta Ley.
c) La cuota líquida estatal del Impuesto será el resultado de disminuir la cuota íntegra estatal en la suma de la deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación prevista en el apartado 1 del artículo 68 de esta Ley y el 80 por ciento del importe total de las deducciones previstas en los apartados 2, 3, 4 y 5 del artículo 68 de esta Ley.
d) El resultado de las operaciones a que se refiere el apartado anterior podrá ser negativo en los términos que se establezcan reglamentariamente.
9 - Señale la respuesta incorrecta. Con respecto a la deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación, regulada en el artículo 68 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, la entidad cuyas acciones o participaciones se adquieran deberá cumplir los requisitos siguientes:
a) Revestir la forma de Sociedad Anónima, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Anónima Laboral o Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral, y no estar admitida a negociación en ningún mercado organizado, tanto mercado regulado como sistemas multilaterales de negociación.
b) Revestir la forma de Sociedad Anónima, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Anónima Laboral o Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral, y estar admitida a negociación en un mercado organizado.
c) El importe de la cifra de los fondos propios de la entidad no podrá ser superior a 400.000 euros en el inicio del período impositivo de la misma en que el contribuyente adquiera las acciones o participaciones.
d) Ejercer una actividad económica que cuente con los medios personales y materiales para el desarrollo de la misma. En particular, no podrá tener por actividad la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario a que se refiere el artículo 4.8.dos.a) de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio, en ninguno de los períodos impositivos de la entidad concluidos con anterioridad a la transmisión de la participación.
10 - Un contribuyente está afiliado a un partido político pagando una cuota de afiliación de 700 euros anuales. (Art. 68.3 LIRPF) ¿Qué deducción podrá aplicarse en la cuota íntegra estatal? Señale la respuesta correcta:
a) El 20 % de 700 euros.
b) El 10 % de 600 euros.
c) El 50 %, del 20 % de 600 euros.
d) El 50 %, del 10 % de 700 euros.


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