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Supuesto práctico 2 parte 1 Trabajadores/as Sociales CARM (Murcia) 2021

Supuesto práctico 2 parte 1 Trabajadores/as Sociales CARM (Murcia) 2021

La máxima puntuación de este test son 12 puntos

Por cada pregunta fallada se le va restando 0.25 puntos a la nota final

Cada pregunta acertada equivale a 1 punto

Cada pregunta no contestada equivale a 0 puntos


1 - Al tener Cristóbal la capacidad modificada judicialmente, si no solicita de la autoridad judicial la revisión de las medidas relativas a su capacidad jurídica que se establecieron con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 8/2021, de 2 de junio, la revisión de su situación se realizará por parte de la autoridad judicial de oficio o a instancia del Ministerio Fiscal en un plazo máximo de:
a) 1 año.
b) 2 años.
c) 4 años.
d) 3 años.



2 - En caso de que Cristóbal solicite de la autoridad judicial la revisión de las medidas que se establecieron con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 8/2021, de 2 de junio, la revisión de las medidas relativas a su capacidad jurídica deberá producirse en el plazo máximo de:
a) Un año desde dicha solicitud.
b) Tres años desde dicha solicitud.
c) Un año desde la entrada en vigor de la Ley 8/2021, de 2 de junio.
d) Seis meses desde dicha solicitud.



3 - Cuando Cristóbal solicitó el reconocimiento del grado de discapacidad, ¿tuvo que abonar alguna tasa?
a) No, ya que no hay que abonar tasa por la solicitud de reconocimiento del grado de discapacidad.
b) Sí, de 10 euros, siendo imprescindible su pago en todos los casos para realizar dicho trámite.
c) Sí, de 21,02 euros.
d) Tuvo que abonar una tasa de 10 euros, salvo que acompañase a su solicitud certificación expedida por los servicios sociales municipales acreditando que los ingresos de su unidad familiar eran inferiores al 225% del IPREM, en cuyo caso estuvo exento de pago.



4 - Si Cristóbal solicitase la revisión del grado de discapacidad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia tras el empeoramiento de su estado de salud, ¿tendría que abonar alguna tasa?
a) Sí, de 10 euros, salvo que acompañase a su solicitud certificación expedida por los servicios sociales municipales acreditando que los ingresos de su unidad familiar son inferiores al 225% del IPREM, en cuyo caso estará exento de pago.
b) Sí, de 31,02 euros.
c) No, ya que no están sujetas al pago de tasa las solicitudes de revisión del grado de discapacidad.
d) Sí, de 10 euros en todo caso.



5 - La puntuación máxima que se pudo otorgar a Cristóbal como factores sociales complementarios en el baremo de calificación del grado de discapacidad, fue de:
a) 20 puntos.
b) 10 puntos.
c) 15 puntos.
d) 5 puntos.



6 - En la calificación del grado de discapacidad de Cristóbal se tuvo en cuenta la puntuación de los factores sociales complementarios. Dicha puntuación sólo podrá ser tenida en cuenta a partir de una valoración de una discapacidad del:
a) 25%.
b) 15%.
c) 33%.
d) 65%.



7 - Cuando Ginés se separó de mutuo acuerdo, ¿dicha separación pudo acordarse mediante escritura pública ante Notario?
a) Sí, siempre que hubiese transcurrido un año desde la celebración del matrimonio, ya que no existen hijos menores no emancipados o hijos mayores respecto de los que se hayan establecido judicialmente medidas de apoyo atribuidas a sus progenitores.
b) Sí, siempre que hubiesen transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio, ya que no existen hijos menores no emancipados o hijos mayores respecto de los que se hayan establecido judicialmente medidas de apoyo atribuidas a sus progenitores.
c) No, la separación tiene que acordarse mediante sentencia judicial en todo caso.
d) Sí, ante notario o mediante sentencia judicial indistintamente, sin que exista ninguna limitación al respecto.



8 - Uno de los derechos que, como usuaria de los Servicios Sociales, le otorga a Rosa la Ley 3/2021, de 29 de julio, es:
a) Solicitar una segunda opinión profesional.
b) Cambiar el profesional de referencia siempre que lo desee, sin que tenga que existir causa justificada.
c) Obtener un diagnóstico de su situación en lenguaje administrativo.
d) Escoger libremente el tipo y modalidad de servicio que considere más adecuado a su situación, poniéndolo en marcha la Administración en caso de no haber disponibilidad del mismo.



9 - Uno de los deberes que, como usuaria de los Servicios Sociales, debe cumplir Rosa según la Ley 3/2021, de 29 de julio, es:
a) Comunicar las variaciones que pudieran afectar a las prestaciones de Servicios Sociales solicitadas y/o concedidas, aunque tales datos ya obren en poder de las Administraciones Públicas.
b) Conocer y cumplir el contenido de las normas reguladoras de la organización y del funcionamiento de las prestaciones y servicios de los que es usuaria.
c) Contribuir a la financiación del coste de la prestación o del servicio, como mínimo con un 30% de su coste.
d) Reintegrar las prestaciones económicas percibidas debidamente.



10 - De las prestaciones de las que ha sido o es beneficiaria actualmente la unidad familiar, NO tiene la consideración de prestación garantizada, según la Ley 3/2021, de 29 de julio, de Servicios Sociales de la Región de Murcia:
a) La información, acogida y diagnóstico social.
b) Los servicios y prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia comprendidos en su catálogo.
c) La valoración del grado de discapacidad.
d) La orientación social y asesoramiento.



11 - ¿Cuál de los siguientes requisitos NO tuvo que cumplir Cristóbal para acceder a la pensión no contributiva de invalidez que percibe?
a) Ser mayor de 18 años y menor de 65 años de edad, en la fecha de la solicitud.
b) Estar afectado por una minusvalía o por una enfermedad crónica, en un grado igual o superior al 65%.
c) Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante 10 años, de los cuales 2 deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
d) Carecer de rentas o ingresos suficientes, en los términos señalados en la normativa reguladora.



12 - Cuando la ex mujer de Ginés residía en el domicilio, antes de su separación, ¿fueron los ingresos de ésta computados para valorar el acceso de Cristóbal a la pensión no contributiva de invalidez?
a) Sí, siendo computables únicamente los ingresos que excediesen del importe anual de la pensión no contributiva en su importe íntegro.
b) Sí, ya que estaba unida a Cristóbal por un lazo de parentesco hasta el segundo grado.
c) No, por no tener hijos en común con Ginés.
d) No, por estar unida a Cristóbal por un lazo de parentesco de afinidad, no de consanguinidad.





Preguntas acertadas:

Preguntas falladas:

Preguntas no contestadas:

NOTA:

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