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1 - Una de las Direcciones Generales del Ministerio necesita reforzar una Unidad Administrativa que está ubicada en Lugo. Otra Unidad de la misma Dirección General, situada en Orense, presenta ahora menor carga de trabajo al haberse modificado sus funciones. Por ello, se quiere acordar la movilidad de una funcionaria por cambio de adscripción de su puesto de trabajo de Jefe de Sección, desde Orense a Lugo. La funcionaria no está conforme con el cambio propuesto. Según el artículo 61 del Real Decreto 364/1995, ¿podría llevarse a cabo su movilidad y un cambio de adscripción de su puesto?
a) Sí, la movilidad por cambio de adscripción de puestos de trabajo se puede realizar siempre que esté debidamente motivada por su Dirección General.
b) No, si la adscripción supone cambio de municipio solamente puede llevarse a cabo con la conformidad de la titular del puesto.
c) Sí, puesto que se trata de Unidades Administrativas de la misma Dirección General.
d) No, dado que el cambio de adscripción de puestos se puede llevar a cabo mediante modificación de la Relación de Puestos de trabajo, pero únicamente cuando el puesto esté vacante.



2 - Una funcionaria se pone en contacto con la Unidad de Personal para indicar que el tío de su marido, que convive con ellos, ha sido sometido a una operación quirúrgica ambulatoria y debe permanecer unos días de reposo en casa. ¿Tendría derecho a un permiso en relación con esta circunstancia?
a) No, porque es un familiar de tercer grado.
b) Sí, tendría derecho a un permiso de 2 días hábiles si se produce en la misma localidad y de 4 días hábiles si se trata de distinta localidad.
c) No, no tiene derecho a ningún permiso porque la normativa no contempla permisos para las situaciones de intervenciones quirúrgicas sin hospitalización.
d) Sí, tendría derecho a un permiso de 3 días hábiles si se produce en la misma localidad y 5 días hábiles si se trata de distinta localidad.



3 - Se realiza otra consulta en relación con el próximo cese de un Subdirector General, que desempeña este puesto de nivel 30 desde hace un año y que fue nombrado mediante procedimiento de libre designación. Su grado personal consolidado es 28 y antes del nombramiento ocupaba un puesto de nivel 29 de forma definitiva. Tras su cese, ¿a qué tipo de puesto se le adscribirá provisionalmente y en qué condiciones?
a) A un puesto de trabajo correspondiente a su Cuerpo o Escala no inferior en más de dos niveles al de su grado personal, por lo que el puesto no podría ser de nivel inferior a 26.
b) A un puesto de trabajo correspondiente a su Cuerpo o Escala no inferior en más de dos niveles al del puesto en el que ha sido cesado, por lo que el puesto no podría ser inferior a 28.
c) A un puesto de nivel 29, ya que tiene derecho a reserva de un puesto de similares características al último que ocupó de forma definitiva.
d) A cualquier vacante correspondiente a su Cuerpo o Escala que se encuentre disponible en el momento del cese, siempre que el funcionario reúna los requisitos exigidos para ocupar el puesto.



4 - Una funcionaria, que tomó posesión hace un año y medio en su puesto de Jefa de Sección Técnica de Nivel 24, comunica que ha sido elegida diputada en la Asamblea de Madrid. ¿Cuándo consolidará el grado 24?
a) Como el desempeño de su puesto de trabajo se ve interrumpido, la consolidación del grado inicialmente adjudicado tendrá lugar transcurridos 3 años desde su toma de posesión.
b) Al tratarse de una situación de servicios especiales, la consolidación del grado únicamente será posible cuando reingrese y complete 2 años del servicio activo.
c) Al tratarse de una situación de excedencia, la funcionaria no consolidará el grado hasta que, una vez haya reingresado, desempeñe un puesto de carácter definitivo durante 2 años.
d) Al tratarse de una situación de servicios especiales, la funcionaria consolidará el grado 24 cuando se cumplan 2 años desde su toma de posesión.



5 - En relación con el procedimiento sancionador incoado en la Dirección General de la Costa y el Mar, ¿podrá el órgano competente para iniciar el procedimiento sancionador acordar en este supuesto su tramitación simplificada?
a) Sí, siempre y cuando conste el consentimiento expreso o la no oposición por parte del interesado.
b) No, solo se prevé la tramitación simplificada en los procedimientos sancionadores cuando se pueda calificar la infracción como muy grave.
c) Sí, si existen elementos de juicio suficientes para calificar la infracción como leve y sin que quepa la oposición expresa por parte del interesado.
d) No, porque no se prevé la tramitación simplificada en los procedimientos sancionadores.



6 - ¿Produce efectos jurídicos el acceso al contenido de la notificación por parte de D. Juan en el procedimiento sancionador, a pesar de las razones por él argumentadas?
a) No, ya que al tratarse de una persona física, D. Juan no está obligado a relacionarse con la Administración por medios electrónicos.
b) No, puesto que el interesado no comunicó que se le practicasen por medios electrónicos las notificaciones.
c) Sí, porque la comparecencia voluntaria por D. Juan a la notificación electrónica y el posterior acceso a su contenido produce plenos efectos jurídicos aunque no sea un obligado a relacionarse por medios electrónicos y con independencia de que hubiese comunicado que se le practicasen por medios electrónicos las notificaciones.
d) No, puesto que al acceder a la resolución el 7 de julio se considera que la notificación se produjo fuera de plazo.



7 - Si iniciado el procedimiento sancionador, el presunto infractor hubiese reconocido su responsabilidad, ¿debería el órgano competente para resolver el procedimiento haber aplicado una reducción sobre el importe de la sanción propuesta, de conformidad con la Ley 39/2015?
a) Sí, debería haber aplicado una reducción de, al menos, el 10 %.
b) Sí, al tener la sanción únicamente carácter pecuniario, debería haber aplicado una reducción de, al menos, el 20 %.
c) Sí, al tratarse de una infracción de carácter leve, debería haber aplicado una reducción de, al menos, el 50 %.
d) No, puesto que, para haber aplicado una reducción, debe haberse producido además el pago voluntario por parte del presunto responsable.



8 - En relación con el proyecto de Orden ministerial en materia sancionadora indicado en el enunciado, ¿pueden tipificarse nuevas infracciones administrativas en esta norma que se está elaborando?
a) Sí, puesto que no se vulneraría con ello ninguna norma.
b) No, solo podrían tipificarse nuevas sanciones administrativas.
c) No, en ningún caso.
d) Sí, siempre que se trate de infracciones administrativas leves.



9 - ¿Podría el Secretario de Estado de Medio Ambiente aprobar la Orden ministerial actuando por delegación de la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico?
a) No, ya que no puede ser objeto de delegación la adopción de una disposición de carácter general.
b) No, aunque se trataría de un acto convalidable por la Ministra.
c) No, salvo autorización expresa de una Ley.
d) Sí, al ser un órgano jerárquicamente dependiente de la Ministra, considerándose dictada por el órgano delegante.



10 - ¿Puede establecerse en la Orden ministerial un plazo máximo de 12 meses para dictar y notificar la resolución en los procedimientos sancionadores?
a) Sí, puesto que el plazo máximo de duración de los procedimientos es el que establezca la normativa aplicable, sin que se prevea una duración máxima.
b) Sí, porque el plazo máximo de duración de los procedimientos sancionadores está establecido en 12 meses.
c) No, porque el plazo máximo de duración de los procedimientos no podrá, en ningún caso, exceder de 6 meses.
d) No, porque el plazo máximo de duración de los procedimientos no podrá exceder de 6 meses, salvo que una norma con rango de Ley establezca uno mayor o así venga previsto en el Derecho de la Unión Europea.





Preguntas acertadas:

Preguntas falladas:

Preguntas no contestadas:

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