Test 29 - Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común
La máxima puntuación de este test son 10 puntos
Por cada pregunta fallada se le va restando 0.25 puntos a la nota final
Cada pregunta acertada equivale a 1 punto
Cada pregunta no contestada equivale a 0 puntos
1 - Se considera interesado en el procedimiento administrativo, según la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las AA.PP.:
2 - Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, aquellos cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos, puedan resultar afectados por la resolución y se personen en el procedimiento en tanto no haya recaído resolución definitiva, tendrán la consideración de:
3 - En las notificaciones en papel, cuando se practique en el domicilio del interesado, de no hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación, podrá hacerse cargo de la misma:
4 - Señale la respuesta incorrecta en relación con el concepto de interesado del artículo 4 de la Ley 39/2015.
5 - ¿Cuál de las siguientes características no es predicable de los expedientes administrativos según la Ley 39/2015?
6 - El trámite de audiencia en los procedimientos administrativos viene regulado en:
7 - Según el art. 14 de la ley 39/2015, en todo caso, estarán obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos los siguientes sujetos:
8 - Conforme con la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común, la notificación:
9 - En cuanto al silencio administrativo en el procedimiento iniciado a instancia del interesado prevista en el artículo 24.2 de la Ley 39/2015:
10 - Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, salvo disposición expresa en contrario, los informes serán:
Preguntas acertadas: |
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Preguntas falladas: |
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Preguntas no contestadas: |
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NOTA: |
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